Pautas COVID-19 para mutualistas de Muface



Pautas COVID-19 para mutualistas de Muface.

  • Si usted o cualquiera de sus beneficiarios tienen síntomas, se trata de ASISTENCIA SANITARIA, así que tras AISLARSE:
    • A.1) Si es de entidad concertada, debe llamar al médico o centro de urgencias de su entidad, según síntomas, que será la que haga evaluación de su caso. Si se prescribe la prueba, debe pedir prescripción e informe al médico para solicitar la autorización a dicha entidad.
    • A.2) Si es de opción pública, debe llamar a su centro de salud o los tels. de salud pública de su comunidad autónoma.

 

  • Si usted o sus beneficiarios han sido contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado, habiendo siendo comunicado como tal, será Salud Pública de la correspondiente comunidad autónoma la que se pondrá en contacto con usted para determinar las medidas a seguir en cada caso y según protocolo autonómico, independientemente de su adscripción. Si este contacto no se ha producido en los dos primeros días llame a los teléfonos específicos de su servicio público de salud para que se valore su caso y se realicen las pruebas, si proceden. En cualquier caso debe aislarse, y tenga en cuenta que se trata de vigilancia epidemiológica y según la DA Cuarta apartado 1 de la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del SNS, la competente en todo caso es Salud Pública de cada CA. Vea EN ESTE ENLACE los teléfonos de cada comunidad autónoma.

  • Si el contacto se ha producido en el ámbito laboral, debe seguir las indicaciones de su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

 

Toda la información está en nuestra página web, aquí, en Información Coronavirus/Cobertura mutualistas por síntoma o contacto. Si tiene dudas, por favor, contacte con su Servicio Provincial en Nuestras Oficinas ENLACE, llame al teléfono 060 o bien escriba su consulta en el Formulario Web ENLACE, al que también puede acceder desde la APP Móvil MUFACE ENLACE.

 

Justificación de ausencia al puesto de trabajo que se ha de presentar en el supuesto de que un mutualista titular sea contacto estrecho de un posible caso de COVID-19

Indicaciones acerca de la justificación de ausencia al puesto de trabajo que se ha de presentar en el supuesto de que un mutualista titular sea contacto estrecho de un posible caso de COVID-19 (por ejemplo, un hijo con el que convive) al que, ante los síntomas que presenta, el pediatra indica que se realice PCR y determina un periodo de aislamiento para el mutualista titular y demás convivientes.

En ese supuesto el mutualista ha de informar a su médico de familia.

Cuando le den el resultado de la PCR de su hijo, debe mostrárselo a su médico de familia (por e-mail o presencialmente) para que el médico de familia le justifique la ausencia al trabajo y emita el correspondiente parte de baja y en su caso el alta cuando finalice el periodo de aislamiento (siempre en el modelo de MUFACE):

  • Si la PCR sale negativa, desde el día en que faltó al trabajo hasta el día en que le dan el resultado negativo.
  • Si la PCR sale positiva, desde el día en que faltó al trabajo hasta el periodo que complete los 14 días de aislamiento.
  • Si tardan mucho en hacer la PCR y dar el resultado, igualmente por 14 días desde que faltó al trabajo que es el período de aislamiento.

El Ministerio de Sanidad dice que el trabajador solo tiene derecho a baja por IT por contacto estrecho cuando los hijos con los que se convive:

  1. Tienen diagnóstico de COVID-19 positivo.
  2. Presentan síntomas compatibles con la enfermedad aún sin diagnosticar.

La causa de la baja es por aislamiento por posible contacto con persona contagiada, con el código Z20.828 Por lo tanto, sólo si ocurriese otra circunstancia (por ejemplo, que el propio mutualista se encontrase mal) se daría otro parte a continuación por otra causa.

Es importante destacar que las CCAA (en la medida en que son las competentes del control epidemiológico de los contactos entre personas infectadas) NO comunican los resultados de las PCR a los médicos de las Entidades Concertadas de MUFACE ni a los médicos de asistencia sanitaria de las propias CCAA (en caso de que el mutualista sea de opción sanitaria pública). Por eso debe el mutualista mostrar los resultados de la PCR de su hijo a su médico de familia para que éste expida la baja por aislamiento basándose en un documento y no en la mera declaración del mutualista.