Resolución de 23/10/2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se clasifican como de especial dificultad, por tratarse de difícil desempeño, determinados centros y puestos de trabajo docente a los efectos previstos en el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre.
En esta norma se resuelve:
Primero. Clasificar como de especial dificultad, por tratarse de difícil desempeño, los centros y puestos de trabajo docente que aparecen reflejados en el Anexo de esta Resolución con indicación de la base o criterios por el o los que cataloga cada centro, de acuerdo con lo estipulado en la Base Tercera y Cuarta de la Orden de 07/06/2016, modificada por la Orden 97/2019 de 19/06/2019.
Segundo. De conformidad con lo establecido en la Base Tercera de la Orden de 07/06/2016, modificada por la Orden 97/2019 de 19/06/2019, se reconoce la catalogación, como de difícil desempeño, de los miembros de los Equipos de Orientación Educativa y Apoyo (EOA) cuyo centro de origen esté catalogado como de difícil desempeño.
Tercero. La presente Resolución deja sin efectos la Resolución de 21/10/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, modificada por la corrección de errores publicada en el DOCM nº 217 de 11/11/2022.
Cuarto. Esta Resolución tendrá efectos retroactivos desde el día 01/09/2023
CATALOGACIÓN DIFICIL DESEMPEÑO 2023
- Resolución definitiva difícil desempeño curso 2023-2024 (403.3 KB)
- Propuesta provisional difícil desempeño curso 2023-2024 (224.3 KB)
La Orden publicada tiene carácter de permanencia por lo que en ella se fijan, de forma permanente, los plazos del procedimiento, salvo modificación de la norma. Se pretende agilizar el proceso mediante una serie de novedades: catalogación del oficio por parte de la Administración Educativa de ciertos tipos de centro, eliminación del requisito referido al acuerdo del Consejo Escolar, reducción a cinco criterios de catalogación,…
Podrán solicitar la catalogación, los centros deberán reunir alguno de los requisitos recogidos en la base Cuarta de la citada Orden. Los centros cuya tipología se encuentre recogida en la base Tercera de la Orden no deberán presentar solicitud ya que la propuesta de catalogación se realizará de oficio por la Administración Educativa.
Para cualquier duda o consulta se pueden dirigir a la siguiente dirección de correo electrónico: dificildesempeno@jccm.es