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Informe Mesa Sectorial 01-04-2025. Comisiones de servicio. Decretos Orientación y currículo enseñanzas elementales Danza-Música



Fecha:

1 de abril de 2025

Asistentes:

Director General de RR.HH., Jefes de Servicio, ANPE, CCOO, CSIF, STE y UGT

Temas tratados:

Decretos ordenación y currículo de enseñanzas elementales de Música y Danza; Comisiones de Servicio.

 

 

 

 

 

 

 

 

 1.- Aprobación si procede de las actas de las sesiones de 14 de enero y de 5 de febrero de 2025.

2º Borrador del Decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de Música en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

3º Borrador del Decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de Danza   en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

CONSEJERIA: Desde la aprobación del Decreto 75/2007, de 19 de junio, aconseja revisar aspectos de la ordenación educativa y del currículo para adaptarlo a las actuales necesidades con el objetivo de ofrecer una formación artística inicial de calidad que, a su vez, garantice al alumnado la adquisición de las competencias adecuadas para el acceso a las enseñanzas profesionales.

A pesar de los aspectos comunes que comparten las enseñanzas elementales de Música y de Danza, se ha considerado pertinente regular en normas independientes la ordenación y el currículo de ambas enseñanzas para facilitar el tratamiento de su singularidad y mejorar la claridad jurídica en aras del principio de seguridad jurídica.

Así pues, la finalidad de este decreto es dotar a estas enseñanzas de un marco normativo actualizado y específico que regule tanto los aspectos básicos de la ordenación educativa como el currículo de la enseñanza.

Entre los aspectos más importantes que incorpora el decreto relacionado con la danza, está la modificación del currículo; por un lado, se diversifican y adaptan las asignaturas a las necesidades de la formación dancística, y por otro, se incrementa progresivamente la carga lectiva del alumnado para mejorar su nivel competencial y propiciar una transición adecuada a las enseñanzas profesionales.

Con respecto al de música, la actualización del currículo otorga más importancia a la práctica grupal en primer y segundo curso y homogeneiza el horario lectivo semanal para todos los conservatorios, sin perjuicio de la elaboración de proyectos propios en ejercicio de la autonomía pedagógica de los centros.

Se ha tenido en cuenta al profesorado especialista para el desarrollo de estos decretos.

ANPE: Nos parece bien que se haya hecho esta separación normativa y, además, que se haya tenido en cuenta las aportaciones del profesorado especialista, algo que siempre hemos demandado desde ANPE y valoramos positivamente.

 

4º Borrador de las instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura Y Deportes, sobre comisiones de servicio para el curso 2025/2026.

Consejería:

NOVEDADES:

  • Se incluyen las comisiones en proyectos de FP Dual intensiva.
  • Se incluye para la participación en las Comisiones de Conciliación a las Parejas de hecho.
  • Se incluye también a los miembros de pareja de hecho como equivalentes a cónyuges para supuestos como el cuidado de hijos menores de 6 años.
  • Requisitos lingüísticos para CRIEC: B2 para docentes de Infantil y Primaria y C1 para docentes de Secundaria/Bachillerato, salvo si acreditan 10 meses de experiencia en proyectos bilingües.

PRIMERA: Las modalidades de comisiones de servicios objeto de la presente convocatoria son las siguientes:

I. Puestos específicos

1. Centros de nueva creación.

2. Cargos electos en Corporaciones Locales.

3. CRIEC.

4. Centros certificados y en proceso de certificación pertenecientes a la RedEducal CLM.

5. Ciclos Formativos y Cursos de Especialización.

6. Participación en proyectos de Formación Profesional Dual o Formación Profesional Dual intensiva.

7. Residencias Escolares.

8. Centros con Convenio MEFP- British y Programa Bachibac.

9. Programa de formación específico en virtud de convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

10. Equipos de Atención Educativa y Aulas abiertas especializadas para alumnado con Trastorno del Espectro Autista.

11. Equipos de Atención Educativa para alumnado con discapacidad visual grave o ceguera.

12. Centros reconocidos como Comunidades de aprendizaje sólo renovación.

Se regirá por su convocatoria específica:

  • Equipos de Atención Educativa en Centros de Reforma de Menores.
  • Equipos de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria.
  • Centros reconocidos como Comunidades de Aprendizaje, únicamente para las Comunidades de aprendizaje La Paz y Entre Culturas.

 

La forma de presentación de estas solicitudes de convocatorias específicas quedará detallada en la convocatoria que se publique al efecto.

II. Discapacidad o enfermedad grave.

III. De carácter humanitario

1. En primer lugar, las comisiones de servicio de carácter humanitario por enfermedad del propio funcionario o funcionaria.

2. Por enfermedad de un familiar (primer grado de consanguinidad): del cónyuge a su cargo, de la pareja de hecho a su cargo debidamente inscrita en el registro correspondiente, o de un familiar que se encuentre a su cargo, hasta el primer grado de consanguinidad

IV. Por conciliación de la vida familiar y laboral

1. Para atender solicitudes basadas en supuestos de violencia de género.

2. Para facilitar el cumplimiento de medidas judiciales establecidas en relación con el ejercicio de la patria potestad, guardia y custodia y el régimen de visitas en los supuestos de separación y divorcio.

3. Para atender situaciones de embarazo de riesgo, así como para facilitar la realización de tratamientos médicos relacionados con la maternidad.

4. Para el cuidado de familiares discapacitados.

5. Por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando ambos cónyuges o ambos miembros de la pareja de hecho trabajen fuera de la localidad de residencia familiar (75 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar), o en el caso de familias monoparentales, cuando en su caso el progenitor de que se trate trabaje al menos a 75 km del lugar de residencia.

6. Por cuidado de hijos o de hijas menores de 6 años siempre que al menos uno de los cónyuges, o uno de los miembros de la pareja de hecho trabaje fuera de la localidad de residencia familiar, y la distancia entre el lugar de trabajo de dicho cónyuge, o miembro de la pareja de hecho y el lugar de residencia familiar sea de, al menos, 200 kilómetros.

7. Para el cuidado de los ascendientes en primer grado por razón de edad.

8. Por enfermedad de familiares.

9.Por cuidado de hijos e hijas que requieran una especial atención.

V.  Para puestos en los Servicios de Inspección de las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes (únicamente para funcionarios de carrera del cuerpo de Inspectores de Educación, de Castilla-La Mancha).

SEGUNDA: Normas Generales.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo general de presentación de solicitudes será desde el día 03 de abril de 2025, hasta el día 16 de abril de 2025, ambos incluidos, excepto para las comisiones por violencia de género, las comisiones de servicio por discapacidad igual o superior al 50% o enfermedad grave, las de carácter humanitario, y las comisiones de servicio correspondientes a convocatorias específicas. Si en alguna modalidad de comisiones de servicio se estableciera en las presentes instrucciones un plazo de presentación de solicitudes específico, habrá de estarse a dicho plazo específico.

En caso de solicitar comisión de servicio fuera del plazo general de solicitudes, la solicitud deberá fundamentarse, en todo caso, en causas médicas sobrevenidas (aparecidas una vez finalizado dicho plazo ordinario) quedando exceptuadas de esa regla las comisiones por violencia de género, que podrán solicitarse en cualquier tiempo.

 

Destinatarios y requisitos generales:

  • Personal funcionario de carrera o en prácticas de los cuerpos docentes de Castilla-La Mancha, incluido el Cuerpo de Inspectores de Educación. Podrá solicitar comisiones de servicio incluidas en los apartados I,II,III,IV,V.
  • Personal funcionario de carrera o en prácticas de los cuerpos docentes incluido el Cuerpo de Inspectores de Educación de otras comunidades autónomas o perteneciente a territorios bajo la competencia del Ministerio de Educación y formación Profesional. Podrá solicitar comisiones de servicio incluidas en los apartados I, II, III. También podrán solicitar comisión de servicio para atender situaciones de violencia de género incluidas en el apartado IV, las funcionarias en prácticas o de carrera de otras comunidades autónomas o de territorios bajo la competencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Las personas solicitantes deben ser titulares de la especialidad del puesto para el que se solicita la comisión de servicio. En el caso del personal funcionario en prácticas, la concesión de esta comisión de servicio estará condicionada a la superación de la fase de prácticas y a su nombramiento como funcionarios de carrera a fecha 1 de septiembre de 2025. En ningún caso podrá, un funcionario en prácticas solicitar un puesto en comisión de servicio para el mismo curso escolar en el que esté realizando su fase de prácticas.

 

Forma de presentación de las solicitudes:

a) Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática, y sólo mediante la cumplimentación del formulario de solicitud electrónica correspondiente a cada modalidad de comisión de servicio objeto de la presente convocatoria a través de la aplicación, que estará disponible en la Intranet Docente del Portal de Educación, en la dirección (https://www.educa.jccm.es/es). Así mismo, será accesible a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

ANPE:

Respecto a las comisiones de servicio por puestos específicos pedimos la publicación de la puntuación obtenida por los participantes (equipo TEA, Discapacidad y ceguera…).

Pedimos que se incluya al CEIP Miguel Hernández de la Roda en el procedimiento para provisión de puestos de trabajo en comisión de servicios en centros reconocidos como comunidad de aprendizaje de Castilla-La Mancha.

Al respecto de las comisiones de servicio por discapacidad o por motivos graves de salud, solicitamos que las instrucciones incluyan que se tendrán en cuenta las necesidades y dificultades que presenta la persona interesada (derivadas de su enfermedad o discapacidad) antes de ofertar plazas incompatibles con su enfermedad y/o discapacidad, especialmente del tipo de centros que no deberían ofrecerle, pudiendo renunciar de forma justificada a centros de la localidad solicitada sin decaer del derecho de seguir optando a otro destino.

 

En relación a las comisiones de servicio por razones humanitarias, solicitamos que:

  • Se aumente el número de peticiones de este tipo de comisiones de servicio.
  • La enfermedad que se alegue pueda acreditarse también mediante diagnóstico del médico especialista. Sobre que el informe sea actualizado al momento en que se presente la solicitud, pedimos que se tenga en cuenta que no es fácil conseguir cita con los/las especialistas, y, por lo tanto, se considere “actualizados” los informes más próximos en el tiempo que reflejen que la situación del solicitante no ha cambiado.
    • Que se modifique y que pueda ser “informes médicos y/o de especialistas”, tal y como recoge para las de “DISCAPACIDAD O POR MOTIVOS GRAVES DE SALUD”.
  • Las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes den traslado a los interesados/as de los informe-propuesta desfavorables, para que tengan la posibilidad de subsanar.

 

5º Ruegos y preguntas.

ANPE:

RUEGOS:

  • Acuerdo de Itinerancias: solicitamos información sobre la reunión, que mantuvo el director general de Recursos Humanos con los servicios de inspección provinciales, sobre la correcta aplicación del Acuerdo de Itinerancias.

 

Nos plantean una comisión de seguimiento del Acuerdo de itinerancias para aclarar algunas cuestiones y que no haya lugar a algunas interpretaciones más restrictivas, que se hacen desde alguna provincia, especialmente en Cuenca y Guadalajara.

 

PREGUNTAS:

  • ¿Cuándo se prevé el sorteo de la letra para conformar los tribunales de las oposiciones de EEMM? Inmediatamente después de del descanso de Semana santa.

 

ANPE, el Sindicato de Docentes de Enseñanza Pública.

1 de abril de 2025.

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