INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES SOBRE CÓMO RECLAMAR EL COBRO DEL VERANO DEL PERSONAL INTERINO



INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES SOBRE CÓMO RECLAMAR EL COBRO DEL VERANO DEL PERSONAL INTERINO
Con fecha 11 de junio del corriente, la Sala Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha dictado la Sentencia núm. 966/2018 por la que se declara la nulidad de pleno derecho de los números 1 y 2 del apartado Segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de fecha 24 de febrero de 2012, por la que se establecía que por razones de urgencia o necesidad, cesan a los interinos docentes el 30 de junio de 2012.

ANPE, como único firmante del Acuerdo para el pago del verano a docentes interinos con vacante o con más de cinco meses y medio trabajados durante un curso, celebra este fallo que reconoce el derecho a la continuidad de los funcionarios interinos durante el periodo del verano y anula el trato discriminatorio que ha sufrido este colectivo desde 2012.

Desde la Asesoría Jurídica del sindicato ANPE ya se han presentado más de 400 en Castilla-La Mancha, para exigir la recuperación del Acuerdo ANPE-MEC y que puedan percibir el cobro de los salarios del verano.

Esta Sentencia confirma lo que reclamamos en nuestras demandas y considera discriminatorio el cese de los DOCENTES INTERINOS CON VACANTE a finales del mes de Junio.

Pero es importante resaltar que en el punto Duodécimo de la Sentencia establece el Tribunal que su decisión no afecta a los funcionarios que son nombrados cuando el curso escolar ya ha comenzado y que lo son por periodos inferiores a la duración de éste. Es decir, no se entra a valorar la situación de los docentes sin vacante, pero que han trabajado más de cinco meses y medio, por lo que tendremos que esperar nuevas Sentencias para este último hecho.

Por tanto ante esta situación, desde ANPE aconsejamos lo siguiente:

Aquellos que interpusieron las correspondientes reclamaciones, que continúen con el proceso hasta la finalización del mismo, con la correspondiente demanda, para evitar que puedan decaer en su derecho y así mantener vivas sus expectativas.
Con los efectos retroactivos que genera esta sentencia del Tribunal Supremo que declara la nulidad de pleno derecho, podemos ir a junio de 2012 (es decir solicitar desde el curso 2011-2012 en adelante), a expensas de lo que determinen los tribunales. Recomendamos que para aquellos que reclaman desde el curso 2011-12 en adelante, presenten la correspondiente reclamación durante este mes de junio de este año, para evitar problemas de prescripción de derechos. 
Aquellos interinos que hayan trabajado durante más de cinco meses y medio o con vacante, no hayan presentado ninguna reclamación, o interpusieron reclamación y la dejaron caducar en la vía administrativa, que presenten la reclamación correspondiente, incluyendo todos los periodos anteriores para evitar prescripciones.
Para presentar la reclamación de este curso 2017-18, para aquellos que hayan trabajado más de cinco meses y medios y sean cesados, espera a ser cesad@ (a partir del 1 de julio) para presentar la correspondiente reclamación.
IMPORTANTE:

ADJUNTAMOS EL MODELO DE RECLAMACIÓN A ESTA NOTICIA. 
PRESENTA RECLAMACIÓN EN UN REGISTRO OFICIAL Y QUÉDATE UNA COPIA SELLADA.
ES IMPORTANTE QUE GUARDES COPIA DE LA RECLAMACIÓN QUE TE ENVIAMOS UNA VEZ PRESENTADA, PARA SEGUIR CON EL PROCEDIMIENTO Y NO DECAER EN TUS DERECHOS.
SI TE CONTESTAN A ESTA RECLAMACIÓN PONTE EN CONTACTO CON ANPE.
TE SEGUIREMOS INFORMANDO DE LOS PASOS A SEGUIR.



SI TIENES DUDAS PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS, PARA QUE TE ASESOREMOS CON EL PROCEDIMIENTO.

 
POR LA RECUPERACIÓN DEL ACUERDO ANPE-MEC DE 1994
PORQUE ES NUESTRO DERECHO
MISMO TRABAJO, MISMAS CONDICIONALES LABORALES Y SALARIALES
 
ANPE, el Sindicato de Docentes de la Enseñanza Pública