Contra estas listas provisionales, tal y como se establece en la base Décima, apartado 2, los interesados podrán presentar escrito de reclamación, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente de esta publicación. Se recuerda que no se puede enviar nueva documentación, y que sólo serán tenidos en cuenta los méritos que se hubieran aportado a través de la aplicación de Sede Electrónica.
La reclamación tendrá que hacerse a través de la aplicación de Sede Electrónica en la que se presentó la solicitud. El candidato podrá acceder directamente a la solicitud que ha presentado en la Consejería de Marruecos a través del siguiente enlace:
En dicha solicitud podrá ver el baremo de cada uno de los apartados y podrá solicitar la revisión del baremo pulsando en "Iniciar petición revisión". Le aparecerá un formulario que deberá rellenar indicando el/los apartado/s contra el/los que se reclame precisando el punto o los puntos concretos del mismo o de cada uno de los mismos, así como la puntuación que se reclama y la justificación de la misma en base a lo especificado en el baremo y la documentación presentada en el plazo por el interesado.
Una vez que se haya rellenado el formulario, tendrá que presentar su reclamación a través de dicha aplicación pulsando en "Solicitar revisión baremación" para que su solicitud de revisión quede registrada.
Para más información: