Indicaciones acerca de la justificación de ausencia al puesto de trabajo que se ha de presentar en el supuesto de que un mutualista titular sea contacto estrecho de un posible caso de COVID-19 (por ejemplo, un hijo con el que convive) al que, ante los síntomas que presenta, el pediatra indica que se realice PCR y determina un periodo de aislamiento para el mutualista titular y demás convivientes.
En ese supuesto el mutualista ha de informar a su médico de familia.
Cuando le den el resultado de la PCR de su hijo, debe mostrárselo a su médico de familia (por e-mail o presencialmente) para que el médico de familia le justifique la ausencia al trabajo y emita el correspondiente parte de baja y en su caso el alta cuando finalice el periodo de aislamiento (siempre en el modelo de MUFACE):
- Si la PCR sale negativa, desde el día en que faltó al trabajo hasta el día en que le dan el resultado negativo.
- Si la PCR sale positiva, desde el día en que faltó al trabajo hasta el periodo que complete los 14 días de aislamiento.
- Si tardan mucho en hacer la PCR y dar el resultado, igualmente por 14 días desde que faltó al trabajo que es el período de aislamiento.
El Ministerio de Sanidad dice que el trabajador solo tiene derecho a baja por IT por contacto estrecho cuando los hijos con los que se convive:
- Tienen diagnóstico de COVID-19 positivo.
- Presentan síntomas compatibles con la enfermedad aún sin diagnosticar.
La causa de la baja es por aislamiento por posible contacto con persona contagiada, con el código Z20.828 Por lo tanto, sólo si ocurriese otra circunstancia (por ejemplo, que el propio mutualista se encontrase mal) se daría otro parte a continuación por otra causa.
Es importante destacar que las CCAA (en la medida en que son las competentes del control epidemiológico de los contactos entre personas infectadas) NO comunican los resultados de las PCR a los médicos de las Entidades Concertadas de MUFACE ni a los médicos de asistencia sanitaria de las propias CCAA (en caso de que el mutualista sea de opción sanitaria pública). Por eso debe el mutualista mostrar los resultados de la PCR de su hijo a su médico de familia para que éste expida la baja por aislamiento basándose en un documento y no en la mera declaración del mutualista.