Informe Mesa Sectorial Ordinaria 23/05/2022. Acuerdo itinerancias, Calendario y Currículo Eso y Bachillerato CLM.



ASISTENTES:

Por la Consejería: Director General de RR.HH., Viceconsejero, Jefes de Servicio.  

Por la parte sindical: ANPE, STE, CCOO, UGT, CSIF.

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  1. Aprobación, si procede, de las actas de las siguientes sesiones: acta del 21 de marzo de 2022, 29 de marzo de 2022, 5 de abril de 2022 y 29 de abril de 2022.

Se aprueban las actas por unanimidad.

  1. Borrador de la Orden de XX/2022, de XX de XX, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2022/2023, y los criterios y el procedimiento para la elaboración de los calendarios escolares provinciales en enseñanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla-La Mancha.

CONSEJERÍA:

Presenta la Orden que establece el calendario escolar para el curso 2022/2023.

Plantea un calendario con 177 días lectivos, a falta de los dos días que fijan los consejos escolares de localidad.

Las fechas de inicio y fin de las actividades lectivas son:

  • Infantil, Primaria, E.E.: 8-sep   20-jn; ESO, Bachillerato, F.P.B.: 8-sep  20-jn; C.F. GM y GS: 12-sep   22-jn; EPA: 22-sep    20-jn; Música y Danza: 12-sep 16-jn; E.A.S. Música: 8-sep  20-jn; F.P. a Distancia: 13-oct   22-jn; Idiomas: 8-sep  20-jn

Fijan el Día de la Enseñanza el día 18 de noviembre.

ANPE:

Desde ANPE ya planteábamos el curso pasado que esta Orden debía ser genérica y no solo para cada curso escolar, y que sirviera de marco normativo para todos los próximos cursos escolares, tal y como lo fijaba la Orden de 8/06/2005. Así, partiendo de la Orden marco, se publicarían Resoluciones autonómicas del calendario escolar de cada curso que, posteriormente, se concretan en cada una de las provincias.

Además de la simplificación de procedimientos, el tener una norma marco sobre el calendario escolar da cierta seguridad y estabilidad en la elaboración de los calendarios escolares de cada curso, al macar unas pautas comunes.

Respecto al artículo 3, sobre los días lectivos, habría que añadir los días lectivos (175 como máximo) para asegurarnos que todos los años vamos a tener un número de días lectivos concretos para cada enseñanza y no dejar que queden fijados arbitrariamente cada curso.

En el artículo 4 de la orden proponemos desde ANPE que todas las referencias a los días no lectivos tengan carácter genérico, para ser concretado cada curso como lo hacía el artículo tercero de la Orden del 2005.

Respecto al artículo 5, pedimos que se modifique el apartado tercero y que se permita a las Delegaciones provinciales adaptar las fechas establecidas en cada año académico para el principio y el final de las actividades lectivas de las distintas enseñanzas, pudiendo finalizar después del día fijado para su conclusión en junio. Si no se permite, localidades cuya festividad coincide con el inicio de la actividad lectiva, no podrán fijar descansos pedagógicos durante el curso si no se permite retrasar el final de las actividades lectivas.

Por otro lado, en lo que respecta a la que debería ser la Resolución de calendario escolar para el próximo curso: Primer trimestre: 71 días lectivos; Segundo trimestre: 58 días lectivos; Tercer trimestre: 48 días lectivos. Son un total de 177 días lectivos. El Día de la Enseñanza se fija el 18 de noviembre.

Tal y como se presenta este calendario no caben propuestas, por lo que solicitamos que se retrasen el final de las actividades lectivas dos días. Quedarían además otros dos días corresponde a los ayuntamientos. Con el objetivo de realizar descansos pedagógicos proponemos:

  • Fijar el 31 de octubre como no lectivo, generando un descanso pedagógico de 4 días en el primer trimestre.
  • Fijar el 5 de diciembre como no lectivo, generando otro descanso pedagógico de 4 días en el primer trimestre.
  • Faltarían, tras estas propuestas, las 2 festividades locales fijadas por los Ayuntamientos, que podrían fijarlas en el puente de la Constitución o donde consideren.

Con nuestra propuesta, a falta de las festividades locales, el calendario quedaría más equilibrado: Primer trimestre: 69 días lectivos; Segundo trimestre: 58 días lectivos; Tercer trimestre: 50 días lectivos.

CONSEJERIA:

Recogen la propuesta que será debatida en el Consejo Escolar. Intentarán que el calendario sea consensuado con toda la comunidad educativa.

  1. Borrador del decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 

  1. Borrador del decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

CONSEJERIA:

La jefa de Servicio explica las novedades más importantes de ambos decretos y la estructura de los mismos.

ANPE:

Desde ANPE, en primer lugar, queremos manifestar nuevamente nuestra decepción por otra nueva ley educativa que nace sin consenso, obligando a modificar todos los documentos programáticos del centro y del aula sin saber cuánto tiempo perdurará y si llegará a aplicarse en su totalidad.

Aunque viene definido por lo que marca el Real Decreto, ANPE considera un error permitir promocionar y titular sin límite de materias suspensas en la ESO y obtener un título como es el de Bachillerato, con alguna asignatura suspensa.

Desde ANPE queremos destacar que el superar las materias es el verdadero indicador y referente para constatar que el alumnado ha adquirido las competencias establecidas y alcanzado los objetivos de la etapa. 

La solución para luchar contra el fracaso escolar y disminuir las repeticiones no pasa por establecer sistemas de promoción y titulación con materias suspensas, sino por evitar que esto suceda, y eso pasa por reducir el número de alumnos por aula, establecer desdobles y programas de refuerzo en los centros educativos, dotando de profesorado suficiente para llevarlo a cabo

Son el fin de hacer efectivos los objetivos de la LOMLOE que así refleja el borrador, como de ofrecer oportunidades educativas a todo el alumnado, bajo los principios de personalización de la enseñanza (planes de refuerzo, apoyos, adaptaciones curriculares y organizativas) y la atención a las diferencias individuales, solicitamos una distribución equilibrada de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los centros sostenidos con fondos públicos, la reducción de ratios de alumnado, así como ampliar las plantillas con profesorado de apoyo, en los centros educativos que lo requieran atendiendo a las dificultades de su contexto.

  

Puesto que la implantación de este currículo es para el curso 22-23, pedimos que se dé flexibilidad a la hora del desarrollo del nuevo Decreto, ya que coexistirá en el ámbito curricular con el anterior currículo en los cursos pares, y que se deje un margen amplio y suficiente para la elaboración de las programaciones didácticas, y, por supuesto,

 

Que se imparta formación al profesorado sobre los nuevos currículos y su desarrollo en los centros.

  • saber también, si se incluirá algún Plan de actuación de asesoramiento, por parte de la Inspección de educación para facilitar la implantación de la reforma curricular.

 

En este sentido desde ANPE solicitamos a la Consejería de Educación que se incluya en los Decretos de Currículo o en las normas que se dicten en su desarrollo el reconocimiento de la presunción de la veracidad de la evaluación y calificación realizada por el profesorado y, en su caso, por el equipo docente, ante reclamaciones que pudiesen realizar el alumnado o sus familiares ante la Inspección de Educación o la Delegación Provincial de Educación correspondiente.

Nos gustaría saber cuándo se tiene pensado publicar estos decretos.

Por último y más importante para ANPE es primordial que, con la aplicación de la nueva distribución horaria de estos Decretos, no se vean afectadas las plantillas de nuestros centros educativos.

CONSEJERÍA:

Advierten que no es preceptivo que los decretos de currículo pasen por esta Mesa, pero lo hacen con la intención de escuchar a todos los colectivos.

Contestan que se prevé su publicación durante la primera quincena de julio.

Están llevando  a cabo un plan de formación a equipos directivos y Orientadores y paralelamente se están diseñando acciones formativas para todo el profesorado.

 

  1. Borrador del acuerdo sobre el profesorado itinerante o con ámbito de actuación en centros educativos en Castilla-La Mancha.
  2. Borrador del decreto mediante el que se establece un complemento retributivo para el personal funcionario docente que desempeñe un puesto de trabajo en régimen de itinerancia entre centros de distintas localidades la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

CONSEJERÍA:

Presentan un borrador de Acuerdo de Itinerancias, tal y como se comprometieron. Consideran que es una propuesta ambiciosa que mejora en muchos aspectos lo recogido en el Acuerdo de Itinerancias de 2001. Destacan:

  • Recogen la definición y clasificación de docentes itinerantes, docentes que comparten centro en la misma localidad, y docentes con ámbito de actuación.
  • Recuperan el cómputo por consideración de los desplazamientos, de ida y vuelta. Se computarán, para los docentes itinerantes, desde el primero hasta el último de los desplazamientos de la jornada, es decir, el total de kilómetros de ida y vuelta recorridos.
  • Darán un complemento mensual semanal en nómina, por 14 pagas –incluido julio, agosto y las pagas extras-, en función de los km semanales que realicen los docentes itinerantes.

Dice que si no hay Acuerdo con los sindicatos, retirará el borrador y no lo aplicará.

ANPE:

Se cumplen más de 20 años del Acuerdo alcanzado entre la Consejería de Educación y ANPE, junto al resto de sindicatos, que regulaba las itinerancias de aquellos docentes que prestan servicios en más de un centro educativo, especialmente de la escuela rural, con el fin de compensar los gastos derivados de poner sus vehículos particulares al servicio de la administración.

ANPE lleva demandando la recuperación y mejora del Acuerdo de Itinerancias, que fue modificado unilateralmente hace una década y que supuso un ataque directo a los docentes itinerantes eliminando la compensación económica por kilometraje.

En 2012 se modificó dicho Acuerdo de Itinerancias para Castilla-La Mancha, al amparo de las medidas para reducir el déficit público, eliminando la gratificación extraordinaria por kilometraje y la no consideración de los desplazamientos realizados a cualquiera de los centros del ámbito de la itinerancia y viceversa, ya sea al principio o al final de la jornada.

Además, y en detrimento del profesorado itinerante, la Consejería de Educación ha venido aplicando, año tras año, restricciones al actual Acuerdo, aplicando las reducciones horarias generadas por los docentes itinerantes mientras se desplazan de unos centros a otros, es decir, mientras están trabajando, un hecho que empeora sus condiciones laborales y salariales.

Esta exigencia se hizo más latente tras el anuncio del Presidente Page en la reapertura de la sección de Fuentenava de Jábaga del CRA Villar de Olalla, de mejorar las condiciones de los docentes itinerantes antes de que finalizara el curso.

Por fin se presenta un borrador que, tras su lectura y análisis, nos deja un sabor agridulce. Desde ANPE no estamos dispuestos a firmar este Acuerdo en las condiciones que se presenta.

Por un lado, se recogen mejoras como la compensación económica mensual y la recuperación de la consideración de los desplazamientos realizados desde el centro de destino a cualquiera de los centros del ámbito de la itienerancia y viceversa, ya sea al principio o al final de la jornada.

Por otro, se recogen una serie de restricciones que no estamos dispuestos a aceptar, y que fundamentalmente son:

  1. Aplica parte de la reducción horaria que se genera por desplazamiento, durante el recreo y mientras el docente se desplaza.
  2. No se aplica la compensación económica y reducción en las mismas condiciones, que al resto de itinerantes, a Orientadores y PTSC.
  3. Recoge que la administración podrá decidir aplicar de oficio la compensación económica en lugar de la reducción sin ningún criterio.
  4. Restringe la posibilidad de reducir un día completo, aunque lo permitan las horas de reducción que se han generado.
  5. Reduce las compensaciones horarias en 3 tramos.

 

Partiendo de estas premisas a grandes rasgos, realizamos las siguiente aportaciones al borrador presentado según los apartados que recoge:

Apartado 2: definición de puestos de trabajo

  • No estamos de acuerdo con la definición de las diferentes situaciones que pueden afectar a los itinerantes.
  • Para ANPE un itinerante es aquel que desempeña su trabajo en distintos centros en distinta o la misma localidad. A todos estos docentes se les debe aplicar el Acuerdo de Itinerancias.
  • Sobre los trayectos efectivamente realizados: Debe definirse desde el principio. “aquellos que se realizan desde la localidad donde radica el centro de destino para el que fue nombrado. Se computarán desde el primero hasta el último de los desplazamientos de la jornada, es decir, el total de kilómetros de ida y vuelta recorridos”.
  • El Acuerdo debe aplicársele a Orientadores y PTSC sin restricciones. Entendemos que puesto que si desempeñan el trabajo en igualdad de condiciones también se les debe obligar. Este hecho se hace más evidente al comparar la situación de orientadores en CEPAs que sí tienen la consideración de itinerante y la de los CRAs que no tienen esa condición. Además, el acuerdo Marco de 2008 recogía que se les aplicaba en igualdad de condiciones.

Apartado 3: horario desplazamientos y reducciones.

  • Retirada de la frase del segundo apartado del punto 3.2 que dice que el profesorado itinerante no atenderá a localidades de diferentes CRAs. ¿En qué situación quedaría el profesorado (AL en su mayoría, orientadores y especialistas de primaria) que ahora ocupan estas plazas en plantilla? ¿Esto supondría su supresión?
  • Los desplazamientos llevados a cabo para realizar actividades complementarias deben computar a efectos de la reducción por itinerancias y compensación económica por km (artículo 3.3.).
  • Además, pedimos que se posibilite la enseñanza telemática a todos los docentes, para evitar desplazamientos en horario complementario para la asistencia a reuniones.
  • Pedimos no modificar los tramos segundo, quinto y octavo en la tabla de compensación horaria (artículo 3.4.).
  • La compensación económica por hora de reducción nos parece totalmente insuficiente: 12,60 € y 11,04€. (artículo 3.8.).

Eliminar de este artículo que“la Administración educativa podrá decidir de oficio que, en determinadas situaciones, se conceda la compensación económica en lugar de la reducción horaria que le pudiera corresponder al docente itinerante.” Este hecho tiene que ser en última instancia y sujeto a negociación caso a caso por parte de la Delegación Provincial con la Junta de Personal.

  • Pedimos eliminar los artículo 3.10 y 3.11.:
    • 3.10.: “Los desplazamientos durante la jornada se realizarán preferentemente durante los recreos, evitando en todo caso, la interrupción de las sesiones lectivas del alumnado. En cualquier caso, dado que los desplazamientos que se realizan durante la jornada se efectúan en periodo lectivo, el tiempo empleado en los mismos estará incluido en el cómputo total de la reducción horaria por itinerancia.”
    • 3.11.: “Debido a lo anterior, a la hora de establecer el horario semanal del docente, parte de la reducción horaria que corresponda en su caso, se aplicará obligatoriamente en los periodos en los que se realiza el desplazamiento de manera efectiva, pudiéndose aplicar el resto de sesiones al principio o al final de la jornada, preferentemente. En ningún caso podrá acumularse dicha reducción en un solo día.

Cuando los desplazamientos, o parte de ellos, se realicen durante el tiempo de recreo, dado que su duración es de 30 minutos, se tendrán en cuenta las siguientes equivalencias a la hora de aplicar las reducciones en el horario semanal del docente:

1 o 2 recreos computarán como una sesión lectiva de 45 minutos de reducción - 3 o 4 recreos computarán como dos sesiones lectivas de 45 minutos de reducción - 5 recreos computarán como tres sesiones lectivas de 45 minutos de reducción

NO ESTAMOS DE ACUERDO:

  • No estaban en el acuerdo anterior y no se puede aplicar los beneficios de un derecho generado por desplazarte mientras estás desplazándote, es decir trabajando.  Contradice el artículo 3.14. “Durante la reducción horaria lectiva semanal, ningún profesor itinerante estará obligado a permanecer en los centros, debiéndose estar a lo dispuesto en el apartado 5.2. de este Acuerdo en caso de accidente.”
  • Se debe permitir reducir el día completo si las reducciones lo permiten.
  • Según se establece en diversas sentencias, sobre los desplazamientos de los trabajadores al inicio y durante la jornada laboral, se establece que estos desplazamientos tienen la consideración de tiempo de trabajo.
  • Por lo que queda claro, que el trabajador está trabajando cuando se desplaza durante el recreo de una localidad a otra y no se le puede considerar que está reduciendo o poner una reducción cuando en realidad está trabajando. En caso de accidente estaría cubierto porque estaría trabajando, desplazándose de un lugar a otro para prestar sus servicios.
  • Proponemos la siguiente redacción: “Las reducciones horarias se aplicarán al principio o al final de la jornada, pudiendo acumularse en días completos.”

Apartado 4: Indemnizaciones.

  • Aplicar las indemnizaciones a todo personal itinerante y compartido. La tabla por compensación comienza desde el km 1.
  • Aplicar una compensación por prima de seguro a aquellos docentes con seguro a todo riesgo. Se les excluye de la Orden 4 julio 2000 para la concesión de ayudas en caso de accidente. El seguro corre a cargo del itinerante y los seguros a todo riesgo conlleva una prima más elevada.
  • Matizar cómo se hará el cálculo de kilómetros.
  • Negociar un descuento en seguros con Aseguradoras para itinerantes o un fondo por compensación para ello.
  • Incluir en el seguro de accidentes a orientadores, ptsc y equipos directivos que se desplacen a demanda.
  • Establecer indemnizaciones que compensen los daños no cubiertos por los seguros del profesor (franquicia) y los posibles aumentos en las primas a consecuencia de accidentes laborales, como realiza Asturias.
  • Incluir en el acuerdo el incremento de acuerdo al IPC en cuanto a los importes del complemento y para la compensación de quienes decidan no hacer uso de la reducción horaria.

Apartado 5: protección de la salud.

  • Pedimos que no itineren las docentes embarazadas desde el tercer mes de gestación o desde la solicitud de la madre, y aquellas que se encuentren en tratamientos de fertilidad.

Por último, pedimos recoger el compromiso de revisión del acuerdo a los 4 años, o a petición de los sindicatos firmantes, en previsión de la subida del combustible.

Los docentes itinerantes, más de 1.000 en la región, son los únicos funcionarios de la Junta de Comunidades de Castilla–La Mancha que ponen sus vehículos particulares al servicio de la Administración, y desempeñan sus funciones en varios centros y en distintas localidades, con el peligro que ello conlleva en la carretera, para poder llevar la Educación Pública a todo el alumnado, incluidas las áreas rurales de difícil acceso.

 

Para ANPE es necesario dignificar y reconocer la labor del colectivo de profesorado itinerante, de cualquier ámbito, y especialmente de la Escuela Rural, prestando el debido reconocimiento social a este colectivo, al tiempo que se mejoran sus condiciones de trabajo, lo que debe repercutir en la mejora de la calidad de Educación que se imparte en los centros educativos dependientes de esta comunidad autónoma. Por eso exigimos que se modifique el borrador con las propuestas que plantemos. La Escuela Rural lo merece, y su profesorado también. Llegó el momento de que la Consejería cumpla su palabra si quiere alcanzar un Acuerdo.

CONSEJERÍA:

Aceptarán de momento, sobre el borrador presentado:

  • Eliminar lo referente a aplicar la reducción mientras que viajan.
  • Permitir reducir un día completo si se generan horas suficientes.
  • La posibilidad de asignar de oficio compensación económica o reducción horaria, será en última instancia.

Como Administración, no pueden tratar de igual forma a itinerantes y a docentes que van a demanda. Reconocen que no es justo dar dos horas de reducción a todos los Orientadores y PTSC. Proponen, además de pagar los desplazamientos que realicen a demanda:

  • Quienes compartan dos secciones o centros: 2 horas.
  • Quienes compartan 3 o 4 secciones: 3 horas.
  • Quienes compartan 5 o más secciones o centros: 4 horas.

Piden que les enviemos las aportaciones, e intentarán mejorar el documento presentado. Su intención es alcanzar un Acuerdo.

  1. Ruegos y preguntas.

CONSEJERÍA: Piden que nos envíen los ruegos y preguntas, para contestarnos.

RUEGOS

  1. Que la consejería de Educación establezca todos los medios posibles para proteger a los funcionarios interinos e interinas de Castilla-La Mancha en la ejecución de los procesos de estabilización:

 

  • Defender los derechos de nuestros docentes y evite lesionar los derechos de los interinos e interinas de Castilla-La Mancha, los cuáles han generado el derecho a optar a las plazas que se puedan convocar, por dejadez de la administración, y finalmente pueden perder la oportunidad de conseguirla por una nefasta gestión.
  • Evitar el efecto llamada, coordinando los procesos de oposición y concurso con el resto de CCAA, principalmente con las que tienen requisito lingüístico.
  • Instar al MEC para la elaboración de unas instrucciones comunes a todas las CCAA para la correcta aplicación del baremo de méritos.
  • Computar administrativamente (como hacen otras CCAA) los meses de julio y agosto para aquellos interinos que hayan trabajado cinco meses y medio en Castilla-La Mancha, para que no partan con esa desventaja respecto a aspirantes de otras comunidades.

 

  1. Pedimos horas de reducción para el responsable de Coeducación (Planes de Igualdad), para realizar esas tareas tan importantes en los centros educativos. No tiene sentido que se cite todas las normativas, tanto estatales como regionales, el compromiso de las administraciones con la Igualdad y luego no facilitar a los centros los recursos y la organización necesaria para tal fin.

 

  1. Con el fin de mejorar la personalización de la enseñanza, solicitamos a la Consejería de Educación que reduzca el horario lectivo del profesorado (un máximo de 18 horas lectivas en Enseñanzas Medias y 23 horas lectivas en Educación Infantil y Primaria).

 

  1. Dotación a los centros educativos de personal de administración para hacer frente a la excesiva carga de burocracia que ha ido aumentando durante los últimos cursos, coincidiendo, además, con la perdida por parte de los centros educativos de estos profesionales tan necesarios.

 

  1. Que se recuperen las Aulas de Convivencia, dotándolas de los recursos necesarios para su gestión.

 

  1. Recuperación de las reducciones, remuneradas, del horario lectivo de los mayores de 55 años.

 

  1. Que se establezca un Protocolo de Actuación ante Inclemencias Meteorológicas de cara al inicio de curso 2022-2023, con instrucciones claras para los centros educativos, con el fin de preservar la seguridad de alumnado, profesorado y familia.

PREGUNTAS

  1. En la convocatoria de oposiciones cuando habla de la programación dice:

“La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante, el proceso selectivo (concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros 2021, turno libre) y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión máxima de 60 folios”.   

Creemos que debería recoger 2022, puede darse el caso de que algunos opositores por error lo pongan así.

¿Pueden aclarar si es una errata de la convocatoria o efectivamente debe consignar 2021?

 

  1. Sería posible que publicaseis aclaraciones sobre la normativa Covid a aplicar en las programaciones de las Oposiciones.

 

  1. En el procedimiento de organización de pruebas de las oposiciones docentes se especifica que “únicamente tendrán acceso el personal de la administración y de servicios del centro, así como los aspirantes que concurran a la prueba y acompañantes de los aspirantes que requieran de asistencia”.  Entendemos que desde las Delegaciones Provinciales de Educación se dictarán las instrucciones oportunas para que las organizaciones sindicales también tengamos garantizado dicho acceso.

 

  1. Se van a dar instrucciones a los centros de Infantil y Primaria con respecto a cuándo deben realizar la evaluación del alumnado, cuando se haya finalizado el periodo lectivo o con anterioridad, ya que desde el 18 de junio muchos docentes ejercerán como miembros de los tribunales.

 

  1. ¿Cuándo será la renovación de destinos de EEMM?

 

  1. ¿Cuándo podréis facilitarnos el Calendario con las fechas de los procesos del verano?

 

  1. Dado que en el Decreto y la nueva Orden de Admisión no recoge nada al respecto:

 

¿Qué procedimiento va utilizar la Consejería de Educación para reducir las ratios, tal y como plantea el Borrador del Decreto de Currículo de Primaria, en aquellos centros que escolaricen a población con riesgo de vulnerabilidad socioeducativa?

 

  1. ¿Cómo va a realizar la Consejería de Educación una distribución equilibrada del alumnado ACNEAE en aquellos centros que reciben a la mayor parte del alumnado en el periodo extraordinario de escolarización?

 

  1. ¿Se plantea la Consejería de Educación dotar de mayor profesorado de apoyo (PT, AL, Orientación, ¿PTSC…) a los centros que tengan un mayor porcentaje de ACNEAE matriculado?

 

  1. ¿Cuál es la situación de la Escuela Superior De Arte Dramático de Cuenca respecto a currículos y selección de personal? Ya que el curso que viene comienza su actividad lectiva y no se sabe nada todavía.

 

  1. Ante las diferencias de interpretación entre las Delegaciones provinciales de Educación sobre el permiso de vacaciones no disfrutadas por IT, embarazo, etc., más allá del 31 de enero del siguiente año. Queremos saber ¿cuándo se pueden disfrutar (a continuación de la baja o permiso, o debe ser durante el mes de julio).

 

  1. ¿Se publicarán modelos/guiones para la Evaluación a final de 2º y 4º curso de Primaria.

ANPE, El Sindicato de Docentes de la Enseñanza Pública.

 

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