Resolución de 06/09/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se publica la adjudicación centralizada de plazas durante el curso escolar a las personas aspirantes a interinidades integrantes de las bolsas de trabajo de la enseñanza pública no universitaria correspondiente a los cuerpos de Maestros y Enseñanzas Medias.

 

NOTA INFORMATIVA:

Las personas aspirantes que hayan resultado adjudicatarias de una plaza deberán incorporarse al centro adjudicado y tomar posesión en la fecha de inicio establecida en la relación de personas aspirantes adjudicadas.

La fecha previsible de la próxima adjudicación será el día 13/09/2024.

 

Al objeto de la modificación del estado de disponibilidad en bolsa para la adjudicación indicada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Orden 32/2018, de 22 de febrero, las personas aspirantes que formen parte de una o varias bolsas de trabajo podrán gestionar telemáticamente en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es), a través de su seguimiento personalizado, su estado de disponibilidad conjuntamente para todas las bolsas en las que estén incluidas, sin causa justificada, desde el día 07/09/2024 hasta el día 12/09/2024, ambos inclusive. 

 

 

 
DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR  EN EL CENTRO LAS PERSONAS ADJUDICADAS.
 
Las personas aspirantes adjudicadas tendrán que presentar en el centro de trabajo adjudicado, en el momento de la toma de posesión, la siguiente documentación:
 
- Documentación original o copia auténtica acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales y específicos exigibles para el ingreso en el cuerpo correspondiente, así como de los demás requisitos de competencia profesional y capacidad funcional necesarios para el ejercicio del puesto adjudicado, salvo que ya obrara en poder de la Administración. 
 
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativa de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que deberá aportarse solo en los casos en los que la persona aspirante no hubiera autorizado a la Administración para recabar de oficio dicha circunstancia (marcando la casilla correspondiente en el momento de la solicitud) y cuando dicha certificación sea expresamente requerida a las personas aspirantes por la Administración, por no haberse podido obtener de oficio del Ministerio de Justicia por cualquier motivo.
 
**Con posterioridad a la toma de posesión de las personas aspirantes asignadas, las secretarías de los centros deberán enviar la documentación referida de cada persona aspirante a las Unidades de Gestión de Personal correspondientes al ámbito de gestión de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
 
- Documentos de recogida de datos para alta en nómina, IRPF y declaración jurada: