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CLM. Procedimiento para solicitud de autorización de nuevos módulos que formen parte de módulos optativos de ciclos fp 25-26



Se publica la Resolución de 06/05/2025, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se aprueba el procedimiento para la autorización de nuevos módulos que formen parte del Catálogo de Módulos Optativos de Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior en Castilla-La Mancha con la finalidad de quelos centros educativos, tanto públicos como privados con oferta de enseñanzas de Formación Profesional en Castilla-La Mancha, de ciclos formativos de grado medio y superior puedan, solicitar la autorización de nuevos módulos optativos.

Los módulos que resulten autorizados se sumarán a los ya establecidos en el anexo III del Decreto 79/2024, de 5 de noviembre, por el que se modifican determinados decretos que establecen currículos de los ciclos formativos de grado medio correspondientes a los títulos de Técnico/a de Formación Profesional en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, ampliando el catálogo de módulos optativos de formación profesional de Castilla-La Mancha.

Los centros deberán cumplimentar una única solicitud por familia profesional, en la que deberán adjuntar como máximo dos propuestas de módulos optativos para los ciclos formativos de grado medio y superior de la familia. Los centros podrán presentar varias solicitudes referidas a familias profesionales distintas. 

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 8 de mayo hasta el 22 de mayo de 2025, ambos inclusive.

Las solicitudes se presentarán en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, pulsando aquí, desde el 8 de mayo.Este enlace se abrirá en una ventana nueva

 

Ficheros disponibles

 

El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, establece en su artículo 102, que corresponde a las administraciones competentes la regulación de la oferta de módulos optativos de los ciclos formativos de grado medio y grado superior, que profundicen en el desarrollo de las competencias transversales o aporten complementos de formación general, para facilitar la progresión del itinerario formativo individual, añadiendo además, que los centros del Sistema de Formación Profesional podrán hacer propuestas de módulos optativos propios en el marco de lo dispuesto por la Administración educativa competente.

 

El Decreto 79/2024, de 5 de noviembre, por el que se modifican determinados decretos que establecen currículos de los ciclos formativos de grado medio correspondientes a los títulos de Técnico/a de Formación Profesional en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y el Decreto 80/2024, de 5 de noviembre, por el que se modifican determinados decretos que establecen los currículos de los ciclos formativos de grado superior correspondientes a los títulos de Técnico o Técnica Superior de Formación Profesional en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, establecen en su artículo 5.3 que la parte de optatividad del ciclo formativo estará integrada por un módulo profesional optativo con una duración de 80 horas, o por dos módulos profesionales optativos de 40 horas cada uno de ellos. Para la elección del módulo o módulos profesionales que se incluirán en la parte de optatividad, se tendrá en cuenta las preferencias manifestadas por el alumnado de entre los propuestos por el departamento de la familia profesional a la que pertenece el ciclo formativo. La elección debe ser aprobada por la dirección del centro, teniendo en cuenta los recursos disponibles en el mismo.