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ANPE-CASTILLA LA MANCHA aclara que la campaña de reclamación sobre pagas extras no afecta a nuestra comunidad autónoma



Ante la confusión generada entre el profesorado, en torno a posibles reclamaciones de cantidades pendientes de abono en las pagas extras, ANPE CASTILLA-LA MANCHA informa:

1. El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público de 2015 (RDL 5/2015) establece en su artículo 22.4 el derecho de los funcionarios y empleados públicos a percibir pagas extraordinarias por el importe de las retribuciones básicas (sueldo y trienios) y la totalidad de las retribuciones complementarias.

2. Este mismo Estatuto Básico del Empleado Público remite en su artículo 23 a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para determinar el importe de las pagas extraordinarias de los funcionarios en el concepto de retribuciones básicas (sueldo y trienios).

3. Desde 2010 las leyes de presupuestos son el instrumento legal para no proceder a dicho abono íntegro en las retribuciones básicas, cuestión que desde ANPE llevamos años denunciando.

4. La reciente sentencia del Tribunal Supremo afecta solamente a las retribuciones complementarias (NO a las retribuciones básicas: sueldo y trienios).

5. En Castilla-La Mancha, a diferencia de otras comunidades, los únicos conceptos de la nómina que experimentan reducción en las pagas extraordinarias son el sueldo base y los trienios, como marca la Ley General de Presupuestos del Estado, sin que en nuestra región se vean afectadas las retribuciones complementarias, ya que sí se pagan íntegramente dobles.

6.- En otras comunidades autónomas como Comunidad Valenciana y Murcia, esa reducción SÍ afecta a las retribuciones complementarias de las pagas extraordinarias (sexenios, complementos de equipo directivos, carrera docente, productividad,…), lo que ha abierto la vía de la reclamación de las cantidades no abonadas correspondientes a dichos complementos en estas comunidades, conforme a esta reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. En dichas comunidades, ANPE ha procedido, en defensa de los intereses de sus afiliados y del profesorado en general, a iniciar la correspondiente campaña de reclamación administrativa.

7.- En Castilla-La Mancha, sin embargo, al ser el sueldo base y los trienios los únicos conceptos reducidos, no existe base legal para invocar la mencionada sentencia, por lo que, conforme al dictamen de nuestros asesores jurídicos, desde ANPE-Castilla-La Mancha concluimos que en nuestra comunidad autónoma no se dan las condiciones para iniciar con perspectivas de éxito una campaña de reclamación administrativa de cantidades pendientes de abono en las pagas extraordinarias.

8.- Los docentes castellano-manchegos que, pese a estas consideraciones que informamos, estimen oportuno iniciar individualmente el procedimiento de reclamación administrativa, deben tener en cuenta que posteriormente será necesario acudir a la reclamación en alzada y posterior vía contencioso-administrativa, con los correspondientes costes económicos derivados y llegando hasta su última instancia, incluidas las posibles costas derivadas.

 

Desde 2010, el personal docente ha experimentado una pérdida continuada de poder adquisitivo. Por ello, desde ANPE seguimos impulsando todas las acciones necesarias para modificar las normas estatales que impiden recuperar las pagas extraordinarias completas en todos sus complementos, así como la restitución del poder adquisitivo perdido. En este sentido, ANPE se ha integrado en una Plataforma Sindical junto a otras diez organizaciones, reforzando así la capacidad de presión para lograr este objetivo y avanzando un calendario de movilizaciones para enero de 2026.