INFORME MESA SECTORIAL EXTRAORDINARIA (27/03/2019)
ASISTENTES:
- Por la Consejería: Director General de Recursos Humanos, Jefes de servicio de la D.G. RR.HH.
- Por la parte sindical: ANPE, STE, CCOO, UGT, CSIF.
1º Borrador de instrucciones de la dirección general de recursos humanos y planificación educativa de la Consejería de educación, cultura y deportes, sobre COMISIONES DE SERVICIO PARA EL CURSO 2019/2020:
Probablemente la publicación de las CCSS será el viernes 29 o el 1 de Abril. Desde el día de la publicación empezará el plazo de presentación de solicitudes hasta el 17 de abril de 2019, ambos inclusive.
ANPE:
Es necesario que se dé información desde todas las provincias de si se concede o no la comisión de servicios y si no se concede, que se dé por escrito al interesado los motivos fundamentados de la denegación.
CONSEJERIA: Las CCSS que se deniegan, enviarán resolución explicando los motivos y en el menor tiempo posible.
Volvemos a insistir como hicimos en la última mesa de CCSS, que no se limite la petición a 10 centros con respecto a las comisiones de servicio para centros con proyectos bilingües o plurilingües, y que se pueda incluir localidad y provincia.
CONSEJERIA: Creen que con 10 peticiones es suficiente. No están de acuerdo en ampliar las peticiones, ni en añadir la posibilidad de incluir localidad y provincia.
Con respecto a las Comisiones de servicio de aulas abiertas especializadas para alumnado con trastorno del espectro autista, el año pasado se pusieron en marcha en algunos centros un proyecto de atención al alumnado con trastorno del espectro autista al amparo de unas instrucciones de la Dirección general de programas, Atención a la diversidad y formación profesional. Estos centros que están desarrollando este proyecto están dotados de PT, AL y ATE, al igual que las aulas TEA en Comisión de servicios.
Para la adjudicación de vacantes en estas aulas tiene prioridad el profesorado que se encuentra ocupando dichas vacantes, queremos saber si incluye también a los docentes que forman parte de estos proyectos y si no es así que se les incluya.
Y si se nos puede facilitar un listado de los centros que están llevando a cabo este proyecto de atención al alumnado con trastorno del espectro autista.
CONSEJERIA: Se considera por parte de la Consejería el contemplar en las mismas condiciones a los docentes que forman parte del proyecto que a los del aula TEA.
En las Comisiones de servicio por conciliación de la vida familiar y laboral que se tenga en cuenta para acogerse a la de cuidado de hijos menores de 6 años, en los casos en los que no ha nacido aun el hijo en el momento de la convocatoria y lo vaya a hacer en unos meses, que se informe favorablemente aunque evidentemente este supeditada al nacimiento del hijo o hija.
En estas Comisiones de conciliación de la vida familiar y laboral, se tiene en cuenta, si los niños son menores de 6 años y sus padres trabajan fuera de la localidad de residencia familiar al menos 75 kilómetros. Pero si el niño tiene 6 o mas años, que sigue siendo un niño y no puede valerse por si mismo no. Por eso pedimos que se añada un segundo párrafo incluyendo a los niños de 6 a 12 años.
5.2 Por cuidado de hijos de 6 o más y menores de 12 años siempre que los dos cónyuges trabajen fuera de la localidad de residencia familiar, y se justifique la imposibilidad de atención al menor. Además, la distancia entre el lugar de trabajo de cada uno de los cónyuges y el lugar de residencia familiar deberá ser de, al menos, 75 kilómetros
Igual ocurre con los niños menores de 6 años que si uno de los padres trabaja fuera de la localidad de residencia al menos 200 kilómetros, si tiene derecho a pedir una Comisión de servicios para poder conciliar la vida laboral y familiar pero no recoge el caso para los niños tengan 6 o más. Por eso queremos que se incluya un párrafo incluyendo en segundo orden de prelación.
6.2 Por cuidado de hijos de 6 y menores de 12 años siempre que al menos uno de los cónyuges trabaje fuera de la localidad de residencia familiar, y la distancia entre el lugar de trabajo de dicho cónyuge y el lugar de residencia familiar sea de, al menos, 200 kilómetros.
CONSEJERIA: Estudiarán la propuesta, aunque lo ven muy difícil incluirlo en esta convocatoria, por las dificultades de gestión que podrían suponer.
2º Actualización de las futuras ofertas de empleo del CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA.
CONSEJERÍA: Nos presentan la propuesta de plazas para los procedimientos selectivos de ingreso y acceso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
El plan es que la primera fase, que será el ingreso, será en los meses de septiembre y octubre y se llevará a cabo durante el curso escolar. De manera que las prácticas serían el curso siguiente desde el 1 de septiembre.
Con respecto al acceso será en el proceso de oposiciones de 2020 junto con las de EEMM.
Se adjunta propuesta de plazas:
3º Borrador de PROTOCOLO DE ESCOLARIZACIÓN SEGURA PARA EL ALUMNADO CON ALERGIA, INTOLERANCIA Y /O ENFERMEDAD CELIACA.
CONSEJERÍA: Nos presenta el protocolo de escolarización segura para el alumnado con alergia, intolerancia y /o enfermedad celiaca. Nos trasladan que es un protocolo que han elaborado distintas asociaciones y que lo presentan como borrador y punto de partida.
ANPE:
Nos parece bien que se establezca un protocolo, para que el profesorado conozca las características de este alumnado, como procurarles un entorno seguro, que medidas de precaución y prevención se deben tomar en el aula y en el centro educativo, así como establecer unas pautas básicas de cómo actuar con este alumnado.
También estamos de acuerdo, con que se informe y forme al profesorado sobre las características específicas del alumnado al que imparte docencia.
Pero con lo que no estamos de acuerdo en este Protocolo es con que se obligue al profesorado a medicar a los alumnos, estableciendo unos responsables en cada centro para ello.
Desde ANPE, nos reiteramos en la urgente necesidad de establecer la figura de la enfermería escolar en todos los centros educativos, o por lo menos comenzar de manera inmediata, en los centros en los que por las necesidades del alumnado sea imprescindible suministrar cualquier tipo de medicamento.
Son los profesionales sanitarios los que están cualificados para medicar a nuestros alumnos, no sólo a los que tengan alergias alimentarias como recoge este protocolo, sino también a los alumnos que tienen otras dolencias o enfermedades, que también los hay.
Además, esta figura de la enfermería escolar sería muy útil también para actuar en casos de accidentes sobrevenidos y efectuar los primeros auxilios, y, a su vez también ayudar y asesorar a los docentes y familias en todas las cuestiones relacionadas con la higiene, la salud y los hábitos saludables.
Por tanto, desde ANPE, no podemos admitir que se quiera cargar de una responsabilidad nueva al profesorado, para la que no está ni cualificado ni capacitado y en la que se podría poner en riesgo la vida de un alumno con las posibles consecuencias penales para el docente al que se le ha asignado tal responsabilidad de medicar.
ANPE, el sindicado de la Enseñanza Pública.
Docentes como tú.
27 de Marzo de 2019.