Resolución de 05/11/2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen los servicios mínimos en centros de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha durante la huelga convocada para el día 11/11/2026
El establecimiento de los servicios mínimos se justifica con base en:
1. El derecho a la educación del alumnado.
2. El derecho de los padres del alumnado menor de edad al ejercicio de su actividad laboral, al coincidir la jornada
de huelga con un día laborable.
3. El derecho al trabajo del personal de los centros docentes que no secunde la huelga.
4. La necesidad de garantizar el cumplimiento de las normas mínimas de convivencia.
Apartado 5. Resolución Adjunta: El incumplimiento de la obligación de atender a los servicios mínimos esenciales será sancionado de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable.
Deberán mantenerse los servicios mínimos que se determinan en el anexo del presente Resolución.