Este decreto tiene por objeto regular la organización de la orientación académica, educativa y profesional, estableciendo los principios, ámbitos de actuación y estructuras, que favorezcan el desarrollo de un modelo de orientación y educación equitativa, inclusiva y de calidad, desde un enfoque de trabajo colaborativo, la perspectiva de género y la coeducación, y el respeto a las diferencias individuales en el sistema educativo de Castilla-La Mancha.
Ámbitos de actuación de la orientación académica, educativa y profesional
Definición de los ámbitos de actuación de la orientación académica, educativa y profesional.
1. La orientación académica, educativa y profesional comprende el conjunto de actuaciones e intervenciones educativas planificadas en los siguientes ámbitos:
a) La acción tutorial.
b) Apoyo al proceso de enseñanza, aprendizaje y evaluación desde un enfoque inclusivo.
c) Prevención del absentismo, fracaso y abandono educativo temprano.
d) Mejora de la convivencia a través de la participación activa de la comunidad educativa.
e) Coeducación y respeto a la diversidad afectivo- sexual.
f) Orientación en la toma de decisiones para el desarrollo académico, educativo y profesional.
g) Transición entre etapas y procesos de acogida a los diferentes integrantes de la comunidad educativa.
h) Relaciones con el entorno y coordinación con otras estructuras, servicios, entidades e instituciones.
i) Procesos de innovación, desarrollo tecnológico e investigación.
j) Apoyo y asesoramiento al equipo directivo, órganos de gobierno y coordinación docente.