Resolución de 27/05/2025, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca procedimiento para la provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de dirección vacantes de centros públicos integrados de formación profesional
Se convoca el procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de dirección en los siguientes centros públicos integrados de formación profesional en Anexo I.
1 Centro Integrado de Formación Profesional “Aguas Nuevas” de Albacete
2 Centro Integrado de Formación Profesional “Virgen de Gracia” de Puertollano (Ciudad Real)
3 Centro Integrado de Formación Profesional nº 1 de Cuenca
4 Centro Integrado de Formación Profesional nº 1 de Guadalajara
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-la Mancha.
En anexo II de convocatoria se encuentran las especificaciones del proyecto de dirección del centro a acompañar a la solicitud.
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https:// www.jccm.es), conforme a lo establecido en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos.
Requisitos:
a) Ser personal funcionario de carrera de uno de los cuerpos docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
b) Poseer el destino en un centro dependiente de la consejería competente en materia de educación.
c) Tener una antigüedad de al menos cinco años como personal funcionario de carrera en la función pública docente.
d) Estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el ministerio competente en materia de educación o por las administraciones educativas de las comunidades autónomas.
En el caso de que se declarase desierta la convocatoria, se procederá al nombramiento de un director o directora, en régimen de comisión de servicios por un periodo de cuatro años, de entre funcionarios o funcionarias que cumplan el requisito establecido en la base segunda 1 a) de la presente convocatoria. La persona así nombrada deberá superar el programa de formación de la función directiva indicado en la base segunda 1 d), salvo que ya lo hubiese realizado anteriormente